Asunto: Normativa Licencia Deportivas
Temporada 2005 / 2006
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«CENTROS»
Por la presente se pone en conocimiento de ese Centro, el procedimiento a seguir con la renovación, alta y baja de las licencias federativas adscritas a la Federación Española de Deportes para Ciegos de la temporada deportiva 2005 / 2006.
El próximo 30 de septiembre vence la póliza que esta Federación tiene suscrita con Mapfre, relativa al seguro de accidente deportivo obligatorio que exige el Artículo 59.2 de la Ley del Deporte.
La Junta Directiva de esta Federación, en sus reuniones de fecha 25 de marzo de 2004 y 7 de marzo de 2005, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 12 de los vigentes Estatutos de esta Federación, acordó:
Que para la temporada 2005 / 2006, la F.E.D.C. asumirá el coste de la cuota del seguro de accidente deportivo obligatorio, de todos los deportistas, guías de atletismo, esquí, montaña, tiro, y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala y entrenadores que hayan participado en alguna actividad deportiva de esta Federación, a lo largo de la temporada 2004 / 2005.
La Federación también asumirá el coste de la cuota del seguro de accidente deportivo obligatorio de los deportistas menores de edad (los nacidos después del 01/10/1987) que tramiten una renovación o alta nueva; los guías de atletismo, esquí, montaña, tiro y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala y entrenadores que tramiten una nueva alta.
Los deportistas, con licencia deportiva en vigor en la temporada 2004 / 2005 y que no hayan participado en ninguna de las actividades del calendario de la F.E.D.C., y que quieran renovar su licencia para la próxima temporada, deberán asumir el coste de la cuota del seguro deportivo, que ascenderá a la cantidad de 14 euros.
Respecto a los guías de atletismo, esquí, montaña, tiro y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala y entrenadores, que hayan tenido licencia en vigor la temporada 2004 / 2005, y desean renovar en la temporada 2005 / 2006, sin haber participado en alguna actividad de la Federación, el coste de la cuota del seguro deportivo deberá ser asumido por ese Centro.
Dicha cantidad no podrá ser reclamada, aunque se participe en algún evento deportivo de la Federación.
Ese Centro deberá tramitar a esta Federación, no más tarde del próximo 20 de septiembre, la renovación, alta y baja de las licencias federativas que deseen formalizar al inicio de la próxima temporada. Se podrán tramitar licencias una vez iniciada la temporada para la incorporación de nuevos deportistas.
LICENCIA FEDERATIVA
Todos los deportistas, guías de atletismo, esquí, montaña, tiro y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala y entrenadores, deberán estar en posesión de su licencia federativa, para lo cual ese Centro deberá tramitar a la F.E.D.C. dichas licencias según la normativa vigente.
Se deberá remitir un certificado médico de aptitud en los siguientes casos :
a)Todos los deportistas, guías de atletismo, esquí, montaña, tiro y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala que soliciten nueva alta de su licencia deportiva.
b) Todos los deportistas, guías de atletismo, esquí, montaña, tiro y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala que soliciten la renovación de su licencia deportiva y no hayan participado en ninguna competición organizada por la F.E.D.C. en la temporada 2004/2005.
c) Todos los deportistas, guías de atletismo, esquí, montaña, tiro, y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala que soliciten la renovación de su licencia deportiva y sean mayores de 45 años (los nacidos antes del 01/10/1960).
Se entiende por CERTIFICADO MÉDICO DE APTITUD aquel que en su texto especifique que la persona no presenta en el momento actual ninguna enfermedad o patología que contraindique la práctica de actividad física regular así como la práctica deportiva, emitido tras realización de reconocimiento médico como se indica en el protocolo adjunto.
Para la tramitación de las licencias federativas de los entrenadores, que en la temporada 2004/2005 no hayan acreditado titulación alguna, éstos deberán acreditar titulación deportiva (Monitor deportivo, Entrenador deportivo, Licenciado INEF u otras titulaciones), adjuntando a la ficha federativa copia de la titulación correspondiente.
La F.E.D.C. proporcionará a ese Centro los formularios de renovación y solicitud de nueva licencia para que se inscriba a los deportistas, guías de atletismo, esquí, montaña, tiro y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala y entrenadores.
Esta Federación solo emitirá licencia de las modalidades deportivas recogidas en los estatutos de la misma, es decir Ajedrez, Atletismo, Ciclismo en Tándem, Esquí, Fútbol Sala, Natación, Goalball y Judo, y los deportes minoritarios como: Montañismo, Tiro, Powerlifting, Vela y Remo. Otras actividades deportivas tales como gimnasia de mantenimiento, senderismo, etc. se consideran deporte de base y deporte para todos, por lo que no es necesario tramitar su licencia deportiva.
PROCEDIMIENTO DE TRAMITACIÓN
s Renovación de Licencia: se revisarán o modificarán los datos y en el caso de estar interesado en renovar la licencia o licencias para la próxima temporada, el titular marcará el cuadro correspondiente y firmará la ficha.
s Alta de nueva Licencia: se rellenará y firmará la ficha correspondiente, adjuntando certificado médico y/o recibo original del pago de la cuota del seguro.
Se ruega rellenen las fichas con letras mayúsculas para una mejor comprensión de los datos y se recuerda que deben estar completas, no se admitirán aquellas que falten campos por rellenar. La ficha no tendrá validez si no está firmada por el titular.
s Baja de Licencia: se comunicará por escrito a traves de su Centro de adscripción, las personas que causen baja de licencias federativas.
MÉTODO DE INGRESO DE CUOTA DEPORTIVA
El ingreso de la cuota deportiva se realizará a través de la caja del Centro ONCE al que esté adscrito el deportista; éste emitirá recibo acreditativo de dicho cobro que se adjuntará a la ficha para enviar a la F.E.D.C.
El Centro podrá transferir los ingresos obtenidos por dichas cuotas de dos maneras:
1º A través de ingreso en la cuenta corriente de la Federación Española de Deportes para Ciegos.
2º A través de descuento de los pagos anticipados por los centros a cargo de la F.E.D.C. a través de la cuenta reguladora 4400 Deudores Entidades Relacionadas (F.E.D.C.). En este último caso la F.E.D.C. comunicará por escrito detalle de los gastos abonados al Centro y de las cuotas descontadas, con nombre y apellidos del deportista.
La F.E.D.C. no podrá tramitar el seguro de accidente deportivo de los deportistas obligados al pago de cuota si éstos no remiten junto con la ficha documento que acredite el ingreso en la caja del Centro ONCE correspondiente. La falta de dicho seguro impide al mismo tiempo la participación en las actuaciones organizadas por esta F.E.D.C.
DOCUMENTACIÓN ADJUNTA
s Listado de todos los deportistas, guías de atletismo, esquí, montaña, tiro y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala y entrenadores y sus licencias deportivas dados de alta por ese Centro en la temporada 2004 / 2005.
s Listado de deportistas, guías de atletismo, esquí, montaña, tiro y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala y entrenadores, que han participado en alguna actividad deportiva organizada por la F.E.D.C en la Temporada 2004 / 2005 (a 30/6/05).
s Listado de entrenadores que en la temporada 2004 / 2005 acreditarón titulación.
s Ficha de renovación de licencia de cada persona.
- Ficha de color blanco: la Federación asume el coste de la cuota del seguro deportivo.
- Ficha de color azul: deportistas, guías de atletismo, esquí, montaña, tiro y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala y entrenadores, que para tramitar su renovación de licencia debe abonarse el pago de la cuota del seguro deportivo.
s Fichas Federativas para la tramitación de nuevas licencias.
s Modelo de recibo de ingreso de la cuota del seguro de accidente deportivo obligatorio.
s Se adjunta documento con las condiciones particulares del contrato de Seguro de Accidente deportivo para la Federación Española de Deportes para Ciegos donde se resume los conceptos de asegurado, coberturas y riesgos excluidos, así como un conjunto de normas de actuación en caso de accidente deportivo, para que sean dadas a conocer al deportista, guías de atletismo, esquí, montaña, tiro y vela, pilotos de ciclismo, porteros y delegados de equipo B1 de Fútbol Sala y entrenadores. Dichas condiciones deberán ser conocidas y asumidas por la persona que trámite una licencia deportiva.
s Protocolo de Reconocimiento médico para tramite de la licencia deportiva federativa en la F.E.D.C.
Madrid, 7 de abril de 2007
Mariano Ruiz Ruiz
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